Cómo hago para registrar mi título técnico en el MINEDU

¿Cómo hago para registrar mi título técnico en el MINEDU?

Si has terminado una carrera técnica es importante que tu título se encuentre registrado para que pueda ser fácilmente verificable por todas las instituciones gubernamentales, así como en el mercado de trabajo nacional e internacional.

¿Quién solicita el registro del Título Técnico?

Son los Institutos de Educación Superior (IES) y las Escuelas de Educación Superior Tecnológicas (EEST) quienes solicitan al Ministerio de Educación el registro del Título Técnico. Para su registro deben contar con la firma del director general del IES o EEST.

¿Cuál es el procedimiento para registrar el Título Técnico?

Para el registro del título, el IES y EEST deben presentar al Minedu la siguiente documentación, en físico y formato digital o formato de texto según corresponda, para su respectiva evaluación:

  • Solicitud firmada por el director general donde se consigne, entre otros, el nombre y apellidos completos, domicilio, así como el número del DNI o carné de extranjería según corresponda.
  • Ficha de registro de títulos, según formato aprobado por el Minedu.
  • Certificado de estudios o consolidado de notas, según corresponda, adjuntando los documentos que acrediten procesos de convalidación, de ser el caso.
  • Copia del Bachiller Técnico otorgado, para el caso del registro del Título Profesional Técnico.
  • Título escaneado en anverso y reverso en formato PDF. El nombre del archivo debe contener únicamente el número del Documento Nacional de Identidad del estudiante.

OTROS SECTORES

¿Cuál es el procedimiento para registrar el Título Técnico perteneciente a otros sectores?

Para el registro de los títulos expedidos por IES pertenecientes a otros sectores, deben presentarse los siguientes documentos:

  • Solicitud firmada por el director general o el que haga sus veces donde se consigne, entre otros, el nombre y apellidos completos, domicilio, así como el número del DNI o carné de extranjería según corresponda, adjuntando copia del documento que acredite las facultades para actuar en representación.
  • Ficha de registro de títulos, según formato aprobado por el Minedu.
  • Título escaneado en anverso y reverso en formato PDF. El nombre del archivo debe contener únicamente el número del Documento Nacional de Identidad del estudiante.

DEL EXTRANJERO

¿Cuál es el procedimiento para registrar el Título Técnico del extranjero?

En el caso de los títulos expedidos por IES y EEST en el extranjero se requiere de los siguientes documentos para su evaluación:

  • Solicitud firmada por el solicitante donde se consigne, entre otros, el nombre y apellidos completos, domicilio, así como el número del DNI o carné de extranjería.
  • Copia y original del título, con la apostilla de La Haya, cuando corresponda. Si el país de origen del título no es parte del Convenio de la Apostilla de La Haya, el título debe ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y el Consulado del Perú en ese país. Asimismo, debe ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Si el título se encuentra en idioma distinto al castellano, se requiere traducciones simples con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado.
  • Declaración jurada de la veracidad de la documentación presentada.

¿Los títulos técnicos necesitan se homologados?

El registro de títulos expedidos por IES y EEST en el extranjero no necesitan ser revalidados, homologados, reconocidos o convalidados, basta con la constatación del título presentado y su inclusión en la base de datos correspondiente.

¿Cuánto tiempo toma el procedimiento de registro del Título Técnico?

El procedimiento para el registro tiene una duración de 30 días hábiles (no se cuenta los sábados, domingos y feriados), contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud.

¿Por qué se registran los Títulos Técnicos ante el Minedu?

Porque el Minedu es administrador del registro, y tiene la potestad de fiscalizar y comprobar la veracidad de la información presentada por las instituciones educativas técnicas. En caso de comprobar falsedad en la información o documentación presentada se aplica la sanción administrativa correspondiente, sin perjuicio de la responsabilidad penal correspondiente.

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